Dimitar Ivanov Georgiev — Abogado
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Separaciones y divorcios de mutuo acuerdo

Divorcio ante notario: cuándo es posible y qué papeles hacen falta

Desde 2015, un matrimonio puede divorciarse ante notario sin necesidad de acudir a un juzgado, siempre que se cumplan dos condiciones: que exista acuerdo mutuo y que no haya hijos menores de edad, ni mayores con la capacidad modificada judicialmente, que dependan económicamente de los progenitores.

El trámite requiere que ambos cónyuges comparezcan asistidos de abogado (puede ser uno solo para ambos si no hay intereses contrapuestos), y que aporten un convenio regulador que recoja el reparto de bienes, la pensión compensatoria si procede, y el uso de la vivienda familiar.

El notario revisa que el convenio no perjudique gravemente a ninguna de las partes y, si todo está en orden, otorga la escritura de divorcio, que produce los mismos efectos legales que una sentencia judicial: inscripción en el Registro Civil, disolución del régimen económico matrimonial, y eficacia frente a terceros.

Es, en la mayoría de los casos que cumplen los requisitos, la vía más rápida para formalizar un divorcio ya acordado entre las partes, sin las esperas propias de la agenda judicial.

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