Mercantil
Reclamación de impagados
¿Cuándo acudir?- Un cliente lleva meses sin pagar una factura y las llamadas de recordatorio no han servido de nada.
- Una empresa quiere activar un proceso monitorio con las facturas y albaranes que ya tiene firmados.
- Un deudor discute el importe de la deuda y hace falta valorar si conviene ir a juicio verbal.
- Una empresa tiene varias facturas impagadas del mismo cliente y quiere agruparlas en un único procedimiento.
- Un autónomo ha entregado el trabajo pero el cliente alega defectos para no pagar, y no está claro si la excusa es real.
- Un proveedor quiere saber si puede solicitar el embargo preventivo de bienes antes de que el deudor los oculte.
Cobrar lo que se debe es, para muchas pymes y autónomos, la diferencia entre cerrar el mes en positivo o no. Esta área cubre el recorrido completo: requerimiento extrajudicial, proceso monitorio y, si hace falta, juicio verbal u ordinario.
El primer paso casi siempre es un requerimiento formal, con acuse de recibo, que además sirve de prueba si el asunto acaba en el juzgado. Si no funciona, el monitorio suele ser la vía más rápida cuando se cuenta con facturas, albaranes o cualquier documento que acredite la deuda, y no exige abogado ni procurador para empezar.
Cuando el deudor se opone —discute el importe, alega que el servicio no se prestó bien, o simplemente no paga— el procedimiento pasa a la vía declarativa que corresponda según la cuantía, y ahí conviene ir con una estrategia procesal clara desde el principio.
También se valora, caso por caso, si merece la pena reclamar judicialmente frente al coste y el tiempo del procedimiento, sobre todo cuando la deuda es de importe reducido.
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